Factibilidad de sindicalización de los empleados temporales
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Resumen en español
La Libertad sindical y la libertad de Asociación son un derecho humano fundamental establecido en el artículo 39 de la constitución colombiana que promueve la democracia y garantizan a toda persona la posibilidad de poder constituir voluntariamente todo tipo de asociaciones civiles y comerciales, y representa un valor medular de la OIT. Con el fin de mantener la igualdad en las condiciones de trabajo y de vida, la vinculación a través de empresas de servicios temporales con contrato a término definido o por obra o labor determinada no debe imposibilitar al trabajador en misión la alternativa de crear este tipo de asociaciones pero constituye un riesgo para los empleadores. Esta investigación se llevará a cabo de manera descriptiva con enfoque cualitativo, estudiando los pronunciamientos realizados por la O.I.T acerca de los empleos “atípicos” como es la vinculación a través de las empresas de Servicios temporales y de acuerdo a la normatividad vigente en Colombia.